El pasado 22 de septiembre entró en vigor la nueva Ley 11/2020 de 8 de septiembre, de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda en Cataluña.
A partir de ahora, se regulará el precio de los alquileres de las viviendas en los 60 municipios catalanes con más de 20.000 habitantes, que tengan un mercado de vivienda tensionado, entre los que se incluyen las cuatro capitales de provincia y casi todas las capitales de comarca, así como las poblaciones del área metropolitana de Barcelona.
El precio se establecerá a partir del Índice de Referencia de precios del alquiler de la Generalitat, que establecerá el coste del metro cuadrado de cada vivienda teniendo en cuenta una serie de criterios: tamaño, ubicación, estado del inmueble, antigüedad, si hay ascensor, si tiene aparcamiento, etc.
La nueva norma afectará a los nuevos contratos y a aquellos que se renueven, que a partir de ahora no podrán superar el precio acordado en el contrato anterior. Si la renta fijada es superior al Índice de Referencia, se tendrá que reducir el precio para ajustarse a ese valor. Por otro lado, los propietarios que tengan rentas por debajo del índice no podrán subirlas.
Solamente se podrá subir el precio del alquiler por encima del índice de referencia en el caso de que se hayan realizado obras en el último año que mejoren la habitabilidad, la seguridad y la eficiencia energética de la vivienda, en cuyo caso se podría aumentar la renta en hasta un 5% por encima del índice. Por otro lado, un propietario que alquile la vivienda a un pariente, y cambie el alquiler a otra persona que no sea pariente, también podrá aumentar la renta.
Es importante tener en cuenta que aquellos propietarios que no sigan la norma, podrán tener una sanción de entre 3.000€ y 90.000€ dependiendo de la gravedad del incumplimiento.